Sustituciones.com es la plataforma líder en gestión de sustituciones de abogados en toda España. Por ello contamos con un amplio equipo de abogados sustitutos en las Islas Canarias dispuestos a realizar la vista a la que el letrado director no puede desplazarse o que le coincide con otros señalamientos. Siempre contando con un precio fijo por actuación y conocido de antemano.
Puedes ponerte en contacto con Sustituciones.com usando nuestros formulario de contacto.
Abogado Sustituto en Canarias ⚖️
Consúltenos la disponibilidad de un abogado sustituto en Canarias para sustituirle en una determinada actuación. Una vez confirmada su disponibilidad, podrá contratar el servicio en el área cliente, registrándose si no lo ha hecho previamente o logueándose si ya tiene usuario y contraseña. Puede proceder al pago del servicio contratado a través de tarjeta de crédito, Paypal y transferencia bancaria. Desde Sustituciones.com prepararemos el contrato de encargado de tratamiento de datos personales para que pueda intercambiar la documentación del caso con el sustituto cumpliendo plenamente con la Ley de Protección de Datos y el RGPD. Una vez en contacto con el abogado sustituto, será a él directamente al que le deberá dar las instrucciones necesarias para la ejecución de la sustitución.
La plataforma de Sustituciones.com ofrece servicio de sustituciones en prácticamente toda España. Contamos con abogados colaboradores en todas las provincias sombreadas del mapa, por lo que desde nuestra plataforma puede cubrir prácticamente la totalidad de sus necesidades de sustitución en todo el territorio.
Son muchos los abogados que ya utilizan Sustituciones.com para celebrar aquellas vistas en los partidos judiciales de las Islas Canarias a las que no pueden o les resulta viable económicamente desplazarse.
La figura del abogado sustituto viene regulada en el artículo 38.2 del RD 658/2001, de 22 de junio, por el que se aprueba el Estatuto General de la Abogacía Española que dice:
“El letrado actuante podrá ser auxiliado o sustituido en el acto de la vista o juicio o en cualquier otra diligencia judicial por un compañero en ejercicio, incorporado o cuya actuación haya sido debidamente comunicada al colegio. Para la sustitución bastará la declaración del abogado sustituto, bajo su propia responsabilidad”
También se regula en la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, en concreto en su artículo 57.2:
“El Abogado actuante podrá ser auxiliado o sustituido en cualquier diligencia judicial por uno o varios compañeros en ejercicio, pudiendo intervenir dos o más Abogados en las vistas siempre que esa intervención conjunta presente justificación suficiente. Para la sustitución bastará la declaración del Abogado sustituto bajo su propia responsabilidad”
Es por esto que el abogado sustituto no necesita poder del cliente representado ni del abogado director del procedimiento y basta su mera manifestación al respecto.
Sustituciones de Abogados en Canarias 🏛
¿Qué servicios ofrece Sustituciones.com?
Intentando responder de una forma eficaz al abogado que necesitar ser sustituido, hemos definido diferentes servicios o paquetes:
- Sustitución en acto de trámite
- Sustitución en Audiencia Previa
- Sustitución en Juicio Verbal (no incluye las vistas de familia)
- Sustitución en Juicio Ordinario, incluyendo también la celebración de vistas en juicios penales, contencioso administrativo, ámbito social o procedimientos de familia.
El abogado sustituto se ajustará a sus instrucciones a y lo reflejado en la demanda o contestación, o en su caso en el escrito de acusación o defensa.
El servicio de sustituciones se presta bajo la responsabilidad del abogado designado para la sustitución que es quien deberá emplear la diligencia exigible a la colaboración entre compañeros.
El abogado que le sustituya atenderá a sus clientes como colaborador suyo, no identificándose como miembro de la plataforma de Sustituciones.com. Al terminar la sustitución, el abogado le deberá enviar un pequeño resumen en el que informe del resultado y en su caso de las incidencias.
¿Cual es el precio?
El precio queda marcado para cada tipo de actuación, no existiendo sobrecostes ni pluses derivados de desplazamientos o dietas. Desde la plataforma elegimos siempre al letrado más cercano al partido judicial en el que se realiza la vista o juicio, evitando que incurra en gastos adicionales a los de la propia actuación en sustitución.
¿Es abogado el sustituto?
Su servicio de sustitución siempre será atendido por un abogado colegiado. Cuando exista disponibilidad además nuestra plataforma intentará que sea un letrado con experiencia en la actuación requerida.
¿Cuánto tardará en gestionarse la sustitución?
Aproximadamente en 48 horas laborables usted tendrá asignado un letrado para que pueda sustituirle. Si lo necesita en un plazo inferior por concurrir urgencia le rogamos que nos contacte por teléfono. En caso de urgencia el coste puede verse incrementado.
Abogados Sustitutos
¿Quién da las instrucciones al sustituto?
Usted, siempre y en todo caso. Una vez recibido el pago y conocido el asunto en el que necesita ser sustituido pondremos a nuestro colaborador en contacto con usted para que pueda ampliarle las instrucciones necesarias al caso.
¿Qué garantías tiene el servicio?
Aunque usted ha realizado el pago, el sustituto no cobra el servicio hasta que éste está realizado. El abogado sustituto que ha aceptado la sustitución queda obligado en los mismos términos de diligencia que lo estamos todos los letrados en el ejercicio de cualquier mandado, no interviniendo Sustituciones.com al no ser quién presta el servicio letrado.
¿Qué pasa con los datos personales de sus clientes?
En el momento de aceptar el encargo de la sustitución, generamos un contrato de encargado de tratamiento para esa actuación que le permitirá darle al abogado sustituto los datos necesarios para la realización del encargo. El sustituto deberá destruir la información recibida una vez finalizada la sustitución.
Si aún tiene alguna otra cuestión que no hayamos resuelto, le rogamos le contacte usando nuestro formulario de contacto.
Me gustaría darme de alta como abogado para realizar las sustituciones que necesiten los compañeros. Mi ámbito de ejercicio es Civil, entre otras, contractual y familia.
Gracias por tu contacto Daniel.
Puedes rellenar el formulario de registro (https://sustituciones.com/registro/) y te informaremos de las condiciones.